Trabajo

Los trabajadores con refugio temporal pueden pasar a una residencia por empleo

Desde el 15 de julio de 2026, Eslovaquia aplica una norma transitoria a los nacionales de terceros países a quienes se concedió refugio temporal debido a la guerra en Ucrania. Tras el fin de ese refugio, un trabajador que haya estado empleado de forma continua durante al menos seis meses inmediatamente antes de esa fecha podrá conservar el libre acceso al mercado laboral durante un máximo de un año. Aún no se ha fijado la fecha en que terminará el refugio temporal.

Antes de que finalice el refugio temporal, el trabajador puede solicitar un documento de residencia temporal por empleo. Debe haber trabajado de forma continua al menos seis meses antes de presentar la solicitud y seguir empleado el día de la presentación. Lo que cuenta es la duración del empleo, no el identificador del empleador ni el código de ocupación.

La solicitud requiere un pasaporte válido, una confirmación de empleo de la Agencia de Seguro Social de no más de 30 días, un certificado ucraniano de antecedentes penales de no más de 90 días y prueba de alojamiento. No se aceptará un expediente incompleto. La policía envía la notificación de que se cumplen las condiciones en un plazo de 60 días y expide el documento dentro de los 30 días posteriores a esa notificación. El empleador de un trabajador que reciba tal documento después del 15 de julio debe presentar una notificación en el formulario IK a la oficina de empleo y adjuntar una copia de la tarjeta de residencia.

Preparado con ayuda de IA.